Micelio

Artículo 26

En Cada Zona De Colonización Se Organizarán Las Servicios Civiles Del Caso, Al Cuidado De Las Autoridades Locales Existentes O Que Se Establezcan, Lo Mismo Que Centros De Higiene Organizados Y Atendidos Con Sujeción A Las Instrucciones Del Ministerio Del Ramo

Decreto 2436 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto - ley 1894, de 18 de julio de 1953, que crea el Instituto de Colonización e Inmigración

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En cada zona de colonización se organizarán las servicios civiles del caso, al cuidado de las autoridades locales existentes o que se establezcan, lo mismo que centros de higiene organizados y atendidos con sujeción a las instrucciones del Ministerio del ramo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2436 de 1953