Derechos de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio. Los sujetos del impuesto de industria y comercio tendrán los siguientes derechos:
Obtener de la Administración todas las informaciones y aclaraciones relativas al cumplimiento de su obligación de pagar el impuesto de industria y comercio.
Impugnar por la vía gubernativa los actos de la administración, conforme a los procedimientos establecidos en las disposiciones legales vigentes.
Obtener los certificados de paz y salvo que requieran, previo al pago de los derechos correspondientes.
(Artículo 8°, Decreto 3070 de 1983)