Micelio

Artículo 7

Decreto 718 de 1966 · por el cual se reorganizara la educación industrial de nivel medio y se crean las carreras técnicas intermedias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. El Ministerio de Educación establecerá en los institutos técnicos industriales y en la Escuela Normal Superior Industrial carreras intermedias, de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país. Los planes de estudio, así como los títulos correspondientes a estas carreras serán expedidos y reglamentados por el Ministerio de Educación.

Parágrafo 1

Para ingresar a las carreras técnicas intermedias, el aspirante debe tener el título de bachiller técnico industrial.

Parágrafo 2

A partir de 1967, la Escuela Normal Superior Industrial se transformara paulatinamente en Instituto Técnico Industrial, limitando los cursos de formación docente a las necesidades de la educación industrial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 718 de 1966