En la función de inspección y vigilancia que ejerce el Veedor del Tesoro, se exceptúan los aportes que para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos establecen los artículos 109 y 265, numeral 6 de la Constitución Política de Colombia, la ley y las disposiciones que los regulen, así como las normas concordantes.
Decreto 2093 de 1991 →Vigente
Artículo 15
En La Función De Inspección Y Vigilancia Que Ejerce El Veedor Del Tesoro, Se Exceptúan Los Aportes Que Para El Financiamiento De Las Campañas Electorales Y Para Asegurar El Derecho De Participación Política De Los Ciudadanos Establecen Los Artículos 109 Y 265, Numeral 6 De La Constitución Política De Colombia, La Ley Y Las Disposiciones Que Los Regulen, Así Como Las Normas Concordantes
Decreto 2093 de 1991 · por el cual se desarrolla el artículo 34 transitorio de la Constitución Política de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.