Micelio

Artículo 2

Una Vez Determinada La Suma Que A Cada Departamento Corresponde Para Edificaciones Escolares Equivalente Al Veinte Por Ciento (20 Por 100) Del Cupo Total De Cada Departamento En El Fondo, El Gobierno Departamental Procederá A Señalar La Cuota Que Corresponda A Cada Municipio Para Los Mismos Fines

Decreto 1385 de 1940 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 503 de 1940, en lo relativo a construcciones escolares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Una vez determinada la suma que a cada Departamento corresponde para edificaciones escolares equivalente al veinte por ciento (20 por 100) del cupo total de cada Departamento en el Fondo, el Gobierno Departamental procederá a señalar la cuota que corresponda a cada Municipio para los mismos fines.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1385 de 1940