°. Cuando el Secretario del Jurado Electoral sea quien se niegue a autorizar con su firma la cédula de identidad electoral deberá ser removido de su puesto inmediatamente.
Decreto 1541 de 1934 →Vigente
Artículo 3
Cuando El Secretario Del Jurado Electoral Sea Quien Se Niegue A Autorizar Con Su Firma La Cédula De Identidad Electoral Deberá Ser Removido De Su Puesto Inmediatamente
Decreto 1541 de 1934 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en relación con los presidentes, vicepresidentes y secretarios de los Jurados Electorales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.