Comité Interinstitucional de Control Interno. Estará compuesto por los Jefes de Unidad u Oficinas de Control Interno de las siguientes entidades: Ministerios, Departamentos Administrativos, Organismos de Control, Congreso de la República, el Banco de la República, la Organización Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, los delegados de los Comités Interinstitucionales de las Entidades Territoriales y/o Sectoriales y las demás entidades del Orden Nacional que soliciten su inscripción ante este comité, el cual tendrá las siguientes funciones
Elaborar su propio reglamento;
Designar de su seno a los cuatro miembros que representen el Comité Interinstitucional ante el Consejo Asesor de Control Interno;
Las demás que fije la Asamblea del Comité, respecto de sus asuntos internos.