Micelio

Artículo 2.5.8.1.1.3

Reconocimiento De La Prima De Especialista

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento de la Prima de Especialista. Para el reconocimiento de la prima de especialista que consagra el artículo 74 del Decreto 1212 de 1990, los Suboficiales deberán llenar los siguientes requisitos:

a)

Solicitud al Director General de la Policía Nacional;

b)

Certificados de estudio que acrediten su especialidad técnica;

c)

Constancia del Comandante, Director o Jefe inmediato en la que certifique que labora en su especialidad.

Parágrafo

La liquidación de la prima de especialista para los Suboficiales en el grado de Sargento Mayor, se efectuará automáticamente por parte de la División de Sistemas de la Policía Nacional.

(Decreto 0400 de 1992 artículo 49)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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