INTEGRACION DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE ZOONOSIS. El Consejo Nacional de Control de Zoonosis estará integrado así
Por parte del Ministerio de Salud: - El Director de Saneamiento Ambiental, o su delegado, quien lo presidirá. - El Director de Epidemiología o su delegado. - Un delegado del Director del Instituto Nacional de Salud.
Por parte del Ministerio de Agricultura: - Un representante del Ministerio de Agricultura. - El Subgerente de Fomento y Servicios del Instituto Colombiano Agropecuario o su delegado.
En ausencia del Presidente titular del Consejo a que se refiere este artículo, sus miembros podrán designar un Presidente provisional.