º Por la Dirección General de Caminos Nacionales procederá a elaborar y expedir-con la aprobación del Ministerio del ramo-las instrucciones reglamentarias generales para proyectar, construir y conservar las vías públicas nacionales, en forma que comprenda y completamente las varias disposiciones existentes sobre la materia. Esas instrucciones se publicarán en folleto para distribuirlas entre los empleados al servicio de tales vías y las Gobernaciones de los Departamentos.
Decreto 422 de 1917 →Vigente
Artículo 8
Por La Dirección General De Caminos Nacionales Procederá A Elaborar Y Expedir-Con La Aprobación Del Ministerio Del Ramo-Las Instrucciones Reglamentarias Generales Para Proyectar, Construir Y Conservar Las Vías Públicas Nacionales, En Forma Que Comprenda Y Completamente Las Varias Disposiciones Existentes Sobre La Materia
Decreto 422 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 70 de 1916, "general sobre caminos"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.