Micelio

Artículo 2

Las Tarifas De Que Hablan El Artículo Anterior Se Liquidarán Teniendo En Cuenta Las Disposiciones De La Convención Telegráfica Internacional Relativas A La Manera De Contar Las Palabras

Decreto 878 de 1931 · POR EL CUAL SE SEÑALA LA TARIFA PARA EL SERVICIO RADIOTELEGRAFICO INTERIOR

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las tarifas de que hablan el artículo anterior se liquidarán teniendo en cuenta las disposiciones de la Convención Telegráfica Internacional relativas a la manera de contar las palabras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 878 de 1931