Modifíquese el artículo 4° de la Ley 334 de 1996 , el cual quedará así:
Artículo 4°. Facúltese al Concejo Distrital de Cartagena de Indias y a los Concejos Municipales del Departamento de Bolívar para que hagan obligatorio el uso de la estampilla "Universidad de Cartagena, siempre a la altura de los tiempos" con destino exclusivo a la Universidad de Cartagena.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.