Micelio

Artículo 2.2.6.5.3.4

Tasación De Los Componentes De La Ayuda Humanitaria De Emergencia Y Transición

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tasación de los componentes de la ayuda humanitaria de emergencia y transición. Con el fin de establecer los componentes y montos a entregar en cada una de las etapas descritas, se evaluará la situación particular de cada víctima y su nivel de vulnerabilidad, producto de causas endógenas y exógenas al desplazamiento forzado, según las siguientes variables:

1.

Carácter de la afectación: individual o colectiva.

2.

Tipo de afectación: afectación médica y psicológica, riesgo alimentario, riesgo habitacional.

3.

Tiempo entre la ocurrencia del hecho victimizante y la solicitud de la ayuda.

4.

Análisis integral de la composición del hogar, con enfoque diferencial.

5.

Hechos victimizantes sufridos además del desplazamiento forzado.

Una vez analizadas estas variables, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas procederá a la programación y entrega de los componentes de ayuda humanitaria, de acuerdo con las estrategias diseñadas para este fin.

(Decreto 4800 de 2011, artículo 110)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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