Modifícase el artículo 57 del Decreto 2458 de 1997, el cual quedará así: "Artículo 57. De las contraprestaciones. Los concesionarios de servicios de radiomensajes a los que se refiere el presente decreto se someten al régimen unificado de contraprestaciones establecido en los Decretos 2041 de 1998 y 1705 de 1999, y demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan".
Decreto 1366 de 2000 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1366 de 2000 · por el cual se modifica el Decreto 2458 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.