Micelio

Artículo 1

Ley 61 de 1944 · Por al cual se ordena la construcción del puente José María Rojas Garrido

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la partida global para sostenimiento de carreteras nacionales, el gobierno tomara la suma suficiente para la construcción de un puente sobre el rio magdalena, en el punto denominado el balseadero, en la carretera que conduce de Garzón a la plata, en el departamento del Huila.

Parágrafo

Los cables y el herraje del actual puente de herradura se ceden al departamento del Huila, para la construcción del puente de la lagunita, sobre el rio magdalena, entre el municipio de Elías y el corregimiento de Oporapa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1944