Micelio

Artículo 394

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprehensíon de armas, instrumentos y efectos del hecho punible. Las armas, instrumentos y efectos con que se haya cometido el hecho punible o que provengan de su ejecución, se reconocerán y describirán detalladamente, se aprehenderán y harán parte del proceso para los efectos de la investigación y el juzgamiento. Si se tratare de hecho punible culposo cometido con vehículo automotor o de transporte, este se entregará en calidad de depósito a quien demuestre la propiedad, posesión o tenencia legítima. En todo caso, cuando se trate de armas con que se haya cometido el hecho punible, el funcionario respectivo procederá de acuerdo a las disposiciones que regulan el control, comercio y porte de armas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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