Micelio

Artículo 34

Decreto 180 de 1988 · Por el cual se complementa algunas normas del Código Penal y se dictan otras disposiciones conducentes al restablecimiento del orden público

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PERTURBACION SIQUICA. Si el daño consistiere en perturbación síquica transitoria, la pena será de cinco (5) a diez (10) años de prisión y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales. Si fuere permanente, la pena será de siete (7) a trece (13) años de prisión y la multa de diez (10) a cien (100) salarios mínimos mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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