Micelio

Artículo 3

Ley 3 de 1919 · de créditos adicionales al presupuesto de gastos de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 3º Para completar, según lo dispuesto en la ley, los gastos de prestación y viáticos de venida y regreso de los Senadores de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Santander y Tolima, y de los Representantes de los Distritos Electorales de Antioquia, Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Facatativá, Ibagué, Manizales, Medellín, Neiva, Pasto, Popayán, Santa Marta, Santa Rosa de Viterbo y Tunja, conforme al pormenor legal detallado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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