Situaciones en las que no se reconocerán beneficios. No se reconocerán los beneficios establecidos en la presente sección:
Cuando el exintegrante del GAO certificado por el CISIL culmine el proceso de atención diferencial, de acuerdo con los criterios previamente establecidos por la ARN.
Cuando el integrante de GAO certificado por el CISIL incumpla los compromisos adquiridos durante su sometimiento y, aquellos pactados con la ARN al ingresar al proceso de atención diferencial.
Cuando se profiera sentencia ejecutoriada por delitos dolosos cometidos con posterioridad a la certificación del CISIL.
TEXTO CORRESPONDIENTE A