Artículo único. Elevase a la cantidad de sesenta peeos mensuales ($ 60) la pensión que disfruta hoi el señor doctor Mariano Becerra.
§. El agraciado comenzará a gozar de esa pensión desde que sea sancionada esta lei.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. Elevase a la cantidad de sesenta peeos mensuales ($ 60) la pensión que disfruta hoi el señor doctor Mariano Becerra.
§. El agraciado comenzará a gozar de esa pensión desde que sea sancionada esta lei.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.