Metodología para la valoración econométrica de inmuebles. Para adoptar la metodología para la valoración econométrica de activos urbanos el administrador del FRISCO podrá acudir a fórmulas existentes para lo cual solicitará a las autoridades de catastro, tales como: Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) Catastros descentralizados las de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y el departamento de Antioquia, los modelos con que cuenten junto con la información estadística e histórica como insumo para implementarlo y ajustarlo a los bienes del FRISCO. El administrador del FRISCO podrá tener en cuenta para la valoración econométrica, las siguientes variables: su destinación, uso de acuerdo con la normatividad urbana, muestras homogéneas, zona de ubicación, condiciones de acceso, edad, estado de conservación, acceso al interior del inmueble, con la finalidad fijar el precio del inmueble, empleando el criterio de mayor y mejor uso entre otros.
Decreto 1068 de 2015 →Vigente
Artículo 2.5.5.3.1.15
Metodología Para La Valoración Econométrica De Inmuebles
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.