Micelio

Artículo 18

Decreto 996 de 1891 · Por el cual se crea un Establecimiento de Instrucción secundaria en el Departamento del Magdalena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 18. El Gobernador puede crear por cuenta del Departamento las becas y empleados que á bien tenga. Además, pueden recibirse alumnos internos y semiinternos por cuenta de los partículares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 996 de 1891