º. De acuerdo con el Decreto-ley 088 de 1976 y con los fines establecidos en el artículo 3º del Decreto 1419 de, 1978, la familia, la comunidad y las autoridades integrará esfuerzos para, crear ambientes propicios que permitan al alumno lograr los siguientes objetivos: En la Educación Preescolar: -Desarrollar integral y armónicamente sus aspectos biológico, sensomotor, cognitivo y socio-afectivo, y en particular la comunicación, la autonomía y la creatividad, y con ello propiciar un avistamiento adecuado para su ingreso a la educación Básica. -Reconocer sus potencialidades físicas, intelectuales emocionales y desarrollarlas, armónica y equilibradamente para asumir con decisión y acierto la solución de sus problemas como individuo y como miembro de la comunidad. -Identificar y valorar los factores que influyen en el desarrollo social, cultural, económico y político del país y participar crítica y creativamente en la solución de los problemas y en desarrollo de la comunidad, teniendo en cuenta los principios democráticos de la nacionalidad colombiana. -Adquirir conocimientos, habilidades y destrezas, a través de las distintas experiencias educativas, que contribuyan su formación personal, cívico-social, cultural, científica, tecnológica, ética, y religiosa, y le faciliten organizar un sistema de actitudes y valores, en orden a un efectivo compromiso con el desarrollo nacional, En la Educación Media Vocacional: -Afianzar el desarrollo personal, social y cultural adquirido en el nivel de Educación Básica. -Adquirir los conocimientos fundamentales y las habilidades y destrezas básicas, que además de prepararlo par continuar estudios superiores, lo orienten hacia un campo de trabajo. -Aprender a utilizar racionalmente los recursos naturales a renovarlos e incrementarlos; a emplear adecuadamente los bienes y servicios que el medio le ofrece, a participar en los procesos de creación y adecuación de tecnología. -Actuar con responsabilidad, honradez, eficiencia y creatividad en el campo que le corresponda. -Utilizar creativa y racionalmente el tiempo libre para el sano esparcimiento, la integración social y el fomento de la salud física y mental, -Adquirir suficientes, elementos de juicio para orientar vida y tomar decisiones responsables. Capítulo II. Areas y modalidades.
Decreto 1002 de 1984 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1002 de 1984 · Por el cual se establece el Plan de Estudios para la Educación Preescolar, Básica (primaria y secundaria) y Media Vocacional de la Educación Formal Colombiana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.