º. Determinación de la cuantía. La determinación de la cuantía de la obligación de un deudor, para los efectos de este Decreto, se hará teniendo en cuenta, al momento de expedirse el acto administrativo de supresión, el total de las deudas existentes por impuestos, anticipos y sanciones, por todos los conceptos y períodos gravables, al igual que los tributos aduaneros y obligaciones cambiarias, adeudados a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, establecidos en liquidaciones privadas, oficiales y demás actos administrativos.
Decreto 1398 de 1994 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 1398 de 1994 · Por el cual se reglamenta el artículo 20 de la Ley 88 de 1993
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.