Medidas de asistencia a víctimas. Se entiende por asistencia a las víctimas individual y colectivamente consideradas a las que se refiere el artículo 3° del presente decreto, el conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden político, económico, social, entre otros, a cargo del Estado, orientado a restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas de las que trata el presente decreto; brindarles condiciones para llevar una vida digna y garantizar sus derechos socioeconómicos y culturales, así como las condiciones para el retorno o la reubicación en condiciones de seguridad, voluntariedad y dignidad.
Decreto 4634 de 2011 →Vigente
Artículo 13
Medidas De Asistencia A Víctimas
Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.