Micelio

Artículo 9

Ley 27 de 1903 · Sobre reconocimiento y pago de créditos de extranjeros por exacciones en la última rebelión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los expedientes de reclamaciones deberán constar suficientemente comprobados los siguientes hechos:

El carácter de extranjero y neutral del reclamante;

El origen y la cuantía de la reclamación;

Expresión de las fechas y lugares en que se verificó el empréstito, suministro, expropiación ó daño material, y el Jefe ó autoridad que los decretó ó causó;

El titulo o prueba de que lo reclamado era, al tiempo del suministro, expropiación, daño material, etc., de propiedad del reclamante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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