° La participación que haya de corresponder al denunciante, se determinará teniendo en cuenta el avalúo que a los bienes rescatados para el Estado den los peritos nombrados en la forma indicada en el artículo 29 de que se ha hecho mención. Comuníquese y publíquese.
Decreto 112 de 1923 →Vigente
Artículo 2
La Participación Que Haya De Corresponder Al Denunciante, Se Determinará Teniendo En Cuenta El Avalúo Que A Los Bienes Rescatados Para El Estado Den Los Peritos Nombrados En La Forma Indicada En El Artículo 29 De Que Se Ha Hecho Mención
Decreto 112 de 1923 · Por el cual se reglamenta el artículo 29 del Código Fiscal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.