Micelio

Artículo 14

División De Recursos Físicos

Decreto 2700 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Recursos Físicos. Son funciones de la División de Recursos Físicos, las siguientes

1.

Ejecutar las políticas, planes y actividades relacionadas con proveedores, la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el normal funcionamiento de la entidad, velando especialmente por que se cumplan las normas vigentes sobre estas materias.

2.

Administrar, de manera efectiva, los bienes y servicios que se requieren para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

3.

Garantizar el adecuado y oportuno mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes de la Entidad.

4.

Coordinar y garantizar la prestación adecuada del servicio de correspondencia y mensajería.

5.

Formular y ejecutar los planes específicos relacionados con el suministro de bienes y servicios, manejo de inventarios y de contratación inherente a las funciones de la dependencia.

6.

Manejar y vigilar las cajas menores y los mecanismos que se creen para agilizar los trámites relacionados con la adquisición de bienes y servicios.

7.

Coordinar y controlar la prestación de los servicios de aseo y vigilancia de la Financiera.

8.

Diseñar y desarrollar los procedimientos para la recepción, conservación, clasificación y análisis de la documentación y demás actividades relacionadas con el archivo general y el centro de documentación.

9.

Realizar la interventoría inherente a la adquisición de bienes y prestación de servicios administrativos.

10.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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