Artículo octavo. Este personal devengará viáticos cuando se encuentre en ejercicio de sus funciones fuera del lugar de su residencia, viáticos que se determinarán, de acuerdo con el costo de la Vida de los sitios donde ejerzan sus funciones, por el Ministerio de Higiene.
Decreto 2379 de 1948 →Vigente
Artículo 8
Decreto 2379 de 1948 · Por el cual se crea una dependencia en el Ministerio de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.