Micelio

Artículo 755

,"para Construcción De Obras De Fomento Del Turismo", Hacese La Siguiente Distribución Parcial: Capítulo 70, Artículo 755

Decreto 1887 de 1954 · Por el cual se dictan unas sumas para las costrucciones de los Hoteles de Turismo de Cúcuta y de Buga

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. De la partida global liquidada en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso para el Ministerio de Fomento, en el Capítulo 70, Departamento Quinto -Turismo- artículo 755,"para construcción de obras de fomento del turismo", hacese la siguiente distribución parcial: Capítulo 70, artículo 755. Ordinal 2° Para pagar un tercer aporte del Gobierno Nacional en la suscripción y cancelación de acciones de capital del Estado en la construcción del Hotel de Turismo de Cúcuta, S. A. (Decretos legislativos números. 1494 de 1950 y 2026 de 1953 y Decreto ejecutivo número 3590 de 1950) $ 200.000.00 Ordinal 3° Para suscripción y pago de acciones de capital del Estado en la "Compañía Constructora del Hotel de Turismo de Buga, S. A.". 50.000.00 Suman los aportes $ 250.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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