Artículo quince. La Junta de Licitaciones, Adquisiciones y Contratos estará integrada por
El Secretario General, quien la presidirá;
El Jefe de la División de Servicios Administrativos:
El Jefe de la Oficina o División interesada, y
El Auditor de la Contraloría General de la República ante el Ministerio, con voz pero sin voto.
El Jefe de la Sección de Servicios Generales, será el Secretario de la Junta de Licitaciones, Adquisiciones y Contratos.