Obligaciones del solicitante. Son obligaciones del solicitante, las siguientes
Cumplir con las disposiciones del presente título y toda aquella normativa que le resulte aplicable para el caso de instalación en zonas de protección o patrimonio cultural, conservación arquitectónica, protección ambiental o espacio público.
Suministrar información clara, veraz, completa y oportuna, respecto del despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones, cuando sea requerida por las autoridades competentes.
Constituir y mantener vigente durante el tiempo que dure el despliegue, la instalación y la operación de la red o infraestructura de telecomunicaciones, una póliza de responsabilidad civil extracontractual para efectos del amparo del riesgo de daños a terceros y a bienes, en todos los casos donde se instalen elementos de transmisión y recepción que hagan parte de la infraestructura. El valor asegurado será igual al 5% del valor total de la respectiva red o infraestructura de telecomunicaciones. El solicitante presentará ante la entidad territorial una certificación firmada por su representante legal y revisor fiscal en el cual acredite el valor de la red o infraestructura de telecomunicaciones a desplegar.