° Las autoridades aduaneras, en especial el personal de Resguardo, ejercerán una estricta vigilada para obtener el cumplimiento de las disposiciones relativas al uso efectivo del vehículo en el servicio público de transporte de pasajeros.
Decreto 927 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Las Autoridades Aduaneras, En Especial El Personal De Resguardo, Ejercerán Una Estricta Vigilada Para Obtener El Cumplimiento De Las Disposiciones Relativas Al Uso Efectivo Del Vehículo En El Servicio Público De Transporte De Pasajeros
Decreto 927 de 1960 · Por el cual se consignan unas medidas para prevenir el contrabando de importación, y se señalan unas sanciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.