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Artículo 343

Consejo Asesor De Política Minera

Ley 685 de 2001 · LEY 685 DE 2001, 15/08/2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejo Asesor de Política Minera. Créase el Consejo Asesor de Política Minera, con funciones de carácter consultivo, este Consejo tendrá una Secretaría técnica y estará integrado de la siguiente manera:

El Ministro de Minas y Energía, quien lo presidirá.

El Ministro del Medio Ambiente.

El presidente de la Empresa Nacional Minera, Minercol Ltda., o quien haga sus veces.

Dos representantes del sector empresarial minero.

Un representante del sector social minero definido en el capítulo XXIV del presente Código.

Un representante del sector académico.

Parágrafo

El Gobierno establecerá las listas de los sectores empresarial y social minero y académico entre los cuales se cooptarán sus representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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