Micelio

Artículo 1

Resolucion 160-1612 de 2004 · Por la cual el Superintendente de Sociedades asigna unas funciones para la actualización y control del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Ley 598 de 18 de julio de 2000 creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE, el Catalogo Único de Bienes y

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- De las funciones del Grupo de Sistemas. Adicionar al artículo 29 de la Resolución 100-586 del 15 de abril de 1998, correspondiente a las funciones que debe ejercer el Grupo de Sistemas de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes numerales:

1. Manejar el perfil del “Administrador del Sistema” en el SICE;

2. Dar el soporte técnico correspondiente sobre el manejo del SICE en todos sus módulos;

3. Mantener actualizada la información de los usuarios y sus perfiles dentro del SICE, tales como el perfil del “Representante Legal”, el perfil del “Administrador del Plan de Compras”, el perfil del “Ordenador del Gasto”, y el perfil de “Control”, y

4. Atender todas aquellas otras funciones que le sean designadas posteriormente para el manejo del SICE.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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