En las obras a que se refiere el artículo anterior se tomarán como base los estudios y presupuestos practicados por la Casa Pearson, previamente revisados por los Ingenieros que al efecto nombre el Gobierno, y procurando en todo caso la mayor economía para la Nación.
Para la ejecución de estas obras no se harán contratos de explotación, y menos concesiones de privilegios; pero la Nación si podrá contratar con el Departamento del Valle de ejecución y explotación de las obras indicadas y demás que fueren necesarias para la comodidad y mejora del Puerto de Buenaventura.