Micelio

Artículo 5

º El Consejero Del Presidente De La República Para Medellín Y Su Área Metropolitana, Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Asesorar Y Asistir Al Presidente En La Adopción De Programas Presidenciales Y Políticas Relacionadas Con Medellín Y Su Área Metropolitana; B) Hacer El Seguimiento De Acuerdo Con Las Instrucciones Del Presidente A Los Programas Que Adopten Para Medellín Y Su Área Metropolitana; C) Elaborar Proyectos, Estudios Y Análisis Para Medellín Y Su Área Metropolitana; D) Hacer Recomendaciones Para Adelantar Proyectos De Medellín Y Su Área Metropolitana; E) Participar De Conformidad Con Las Instrucciones Del Presidente En Los Programas Para Medellín Y Su Área Metropolitana; F) Adelantar Coordinación Interinstitucional Relacionada Con Los Programas Para Medellín Y Su Área Metropolitana

Decreto 462 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 1860 de 1991

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejero del Presidente de la República para Medellín y su área Metropolitana, tendrá las siguientes funciones

a)

Asesorar y asistir al Presidente en la adopción de Programas Presidenciales y Políticas relacionadas con Medellín y su área Metropolitana;

b)

Hacer el seguimiento de acuerdo con las instrucciones del Presidente a los programas que adopten para Medellín y su área Metropolitana;

c)

Elaborar proyectos, estudios y análisis para Medellín y su área Metropolitana;

d)

Hacer recomendaciones para adelantar proyectos de Medellín y su área Metropolitana;

e)

Participar de conformidad con las instrucciones del Presidente en los programas para Medellín y su área Metropolitana;

f)

Adelantar coordinación interinstitucional relacionada con los programas para Medellín y su área Metropolitana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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