° . Cuotas Partes Pensionales. La administración de las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar, reconocidas con anterioridad a la fecha de traslado de la nómina de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom), en calidad de empleador, a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), estará a cargo de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) hasta la fecha en que sea trasladada la última nómina de pensiones que administre. Posteriormente, deberán ser administradas por el Ministerio de Salud y Protección Social. Las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar de Caprecom en calidad de empleador, reconocidas con posterioridad a la fecha de traslado a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) serán administradas por esta Unidad. El pago de las cuotas partes que están a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) se realizará a través del Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional (Fopep).
Los recursos que sean recaudados por concepto de cuotas partes pensionales, deben ser girados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional.