Art 3.° La sal marina estranjera que se introduzca pagará un derecho de veinticinco centavos por cada doce i medio kilógramos.
Ley 63 de 1874 →Vigente
Artículo 3
Ley 63 de 1874 · Que modifica la tarifa para el cobro de los derechos de importación, comprendida en el Código Fiscal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.