Art. 40. Todos los autos definitivos que dicte un Contador en el examen de una cuenta general correspondiente á Oficina de manejo establecida permanentemente ó sin duración determinada, y en el examen definitivo de una cuenta especial rendida por empleados de indefinida duración ó por particulares que hayan desempeñado alguna comisión, serán consultados con la Sala, si no fueren apelados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.