Micelio

Artículo 3

Ley 1851051501 de 1851 · Dividiendo las tres provincias de Antioquia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3° El actual canon de Medellin, en la provincia de este nombre, se divide en dos cantones, a saber: primero, de Medellin, su cabecera la ciudad de este nombre, compuesto de la misma ciudad i de los distritos parroquiales de Aná, Barbosa, Belen, Copacabana, Hatoviejo, Jirardota, San Cristobal i Envigado; i segundo, de Amagá, su cabecera de villa de este nombre, compuesto de la misma villa i de los distritos parroquiales de Elicóndia, Estrella, Fredónia, Itagüí, Nueva Caramanta i Tibiriquí.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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