Decreto 2137 de 2018 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo del Plan de Acción Oportuna (PAO) de Prevención y Protección Individual y Colectiva de los Derechos a la Vida, la Libertad, la Integridad y la Seguridad de Defensores de Derechos Humanos, Líderes Sociales, Comunales, y Periodistas - “Comisión del Plan de Acción Oportuna (PAO) para Defensores de Derechos Humanos, Líderes Sociales, Comunales, y Periodistas”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Sesiones de los Comités. El Comité Social del PAO para la prevención y promoción de los derechos humanos de los defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales y periodistas, y el Comité Operativo del PAO para la protección y reacción frente a las vulneraciones de los derechos a la vida e integridad de los defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales y periodistas; sesionarán de manera ordinaria cada mes y extraordinariamente, cuando así lo determine la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial.
Parágrafo 1
Los Comités podrán adelantar sesiones conjuntas cuando alguno de estos lo considere oportuno o cuando la Comisión Intersectorial así lo determine.
Parágrafo 2
Las actas de las sesiones que adelanten los Comités deberán reposar en sus respectivas Secretarías Técnicas. Una copia de estas deberá ser allegada a la Secretaría Técnica de la Comisión en los informes trimestrales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.