Artículo sexto. Los actos de acaparamiento y de especulación indebida con mercancías o artículos de primera necesidad, serán sancionados por los respectivos Alcaldes Municipales, previa la comprobación plena de los hechos y de acuerdo con el procedimiento especial que para este efecto dicte el Gobierno Nacional.
Decreto 102 de 1957 →Vigente
Artículo 6
Decreto 102 de 1957 · Por el cual se establecen normas en relación con los precios de venta de artículos de primera necesidad y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.