Micelio

Artículo 21

Decreto 1119 de 1997 · Por el cual se expiden normas sobre el servicio portador y se reglamenta el Decreto-ley 1900 de 1990

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trámite único. Cuando la solicitud de concesión de servicio portador lleve involucrada autorización para el establecimiento de una red propia, el Ministerio de Comunicaciones deberá estudiarlas al tiempo, bajo un mismo procedimiento y resolverlas en un solo acto administrativo. En este caso, la licencia de concesión y la autorización de la red deberán estar contenidas en una misma resolución y su trámite a partir de la solicitud, en ningún caso podrá exceder el término máximo señalado en el Código Contencioso Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1119 de 1997