Micelio

Artículo 1

Ley 11 de 1925 · sobre reconstrucción de Puerto Berrio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

000) como auxilio al Municipio de Puerto Berrio, del Departamento de Antioquia; suma que se empleará así: diez mil pesos ($10.000) con destino a la ampliación y rectificación de las calles públicas; treinta mil pesos ($30.000) con destino a la construcción de edificios para hospital, escuelas y oficinas nacionales, departamentales y municipales; diez mil pesos ($10.000) para la reconstrucción del templo, y diez mil pesos ($10.000) para auxiliar las familias pobres damnificadas por el incendio.

Parágrafo

Esta suma será entregada al señor Gobernador de Antioquia, quien queda facultado para disponer la inversión o manejo de ella y para reglamentar su fiscalización; los comprobantes deberán ser enviados en oportunidad a la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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