Reconocimiento a los resultados por Rendimiento y Alto Rendimiento . De acuerdo con lo establecido en la Ley 1389 de 2010, el Ministerio del Deporte reconocerá y otorgará incentivos o estímulos económicos a los deportistas medallistas y entrenadores de medallistas en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos Sordolímpicos, eventos del ciclo olímpico, paralímpico y sordolímpico, y campeonatos mundiales, de conformidad con el reglamento que para el efecto expida dicha entidad.
El monto del incentivo lo define el Ministerio del Deporte, conforme lo establecido en la Ley 1389 de 2010.
Únicamente se otorgarán incentivos a los atletas, paratletas y entrenadores cuya federación nacional tenga reconocimiento deportivo vigente otorgado por el Ministerio del Deporte al momento de la obtención del logro y haya implementado las normas vigentes en materia de control del dopaje.