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Artículo 2.2.2.1.6

Obligaciones Generales De Los Gestores Catastrales

Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones generales de los gestores catastrales. Los gestores catastrales tendrán las siguientes obligaciones

a)

Prestar el servicio en forma continua y eficiente, garantizando los recursos físicos, tecnológicos y organizacionales para la prestación óptima del servicio público ca­tastral;

b)

Prestar el servicio público catastral en los municipios para las cuales sea contratado;

c)

Garantizar la calidad, veracidad e integridad de la información catastral, en sus componentes físico, jurídico y económico, sin perjuicio de las competencias asig­nadas a la Agencia Nacional de Tierras (ANT);

d)

Suministrar permanentemente la información catastral en el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC), de manera oportuna, completa, precisa y confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad reguladora;

e)

Garantizar la actualización permanente de la base catastral y la interoperabilidad de la información que se genere con el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC) o la herramienta tecnológica que haga sus veces;

f)

Informar a través del SINIC al IGAC y a la SNR el inicio de sus actividades y mo­dificaciones en su área de operación para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones;

g)

Dar cumplimiento al plan con que se habilitó para ejercer el servicio público;

h)

Cumplir con la normatividad que regula la prestación del servicio;

i)

Verificar los requisitos de idoneidad de los operadores catastrales de conformidad con lo señalado por el Gobierno nacional;

j)

Reportar a través del SINIC, los operadores catastrales con los cuales contrate ac­tividades que sirvan de insumo para adelantar los procesos de formación, actuali­zación y conservación catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados;

k)

Las demás previstas en este decreto y las normas concordantes y complementarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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