El Patrimonio de la Corporación se integrara así
Con los bienes que le aporten la Nación, los establecimientos Públicos nacionales, los municipios respectivos y demás entidades públicas locales.
Con las rentas que la Nación, el Departamento de Caldas y los Municipios destinen para tal fin.
El producto de la contribución de valorización que se cobre por obras de beneficio común que adelante.
Con el producto del impuesto establecido en el Artículo 9°. de la Ley 40 de 1971 y con el que se autoriza establecer a los Municipios de Salamina, Aranzazu y Villamaria por medio del
del mismo artículo. 5. Con los bienes que adquiera a cualquier título.