Micelio

Artículo 6

Ley 21 de 1952 · Por la cual se restablecen unos Circuitos Judiciales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Restablécese el Circuito Judicial de Piedecuesta, en el Departamento de Santander, el cual estará integrado por los Municipios que lo componían antes de que fuera suprimido por Decreto legislativo del Gobierno Nacional.

Parágrafo

El Juzgado tendrá los mismos funcionarios y asignaciones que los de su categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1952