Control fiscal del fideicomiso . De acuerdo con lo previsto en el inciso segundo del artículo 267 de la Constitución Política, se autoriza que el control fiscal que ordinariamente correspondería a la Contraloría General de la República sobre los bienes y fondos que integran el fideicomiso, se contrate con empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de méritos y contratadas previo concepto del Consejo de Estado. Corresponde a la Junta Asesora hacer uso de esta autorización, para que se contrate una empresa determinada.
Decreto 2505 de 1991 →Vigente
Artículo 2.4.13.4.4
Control Fiscal Del Fideicomiso
Decreto 2505 de 1991 · por el cual se transforma el Fondo de Promoción de Exportaciones en el Banco de Comercio Exterior y se definen la naturaleza jurídica, la organización y las funciones de éste.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.